-
Informar y obtener el consentimiento de los afectados.
-
Limitar y/o condicionar las cesiones de datos a terceros.
-
Redacción de contratos específicos con terceros que puedan
acceder a los datos de carácter personal para la prestación de
servicios.
-
Implantación de una serie de medidas de seguridad para la
protección de los datos de carácter personal, en función del tipo de
datos tratados.
-
Redacción de un documento de seguridad en el que quede
constancia de las mencionadas medidas de seguridad legalmente
obligatorias.
-
Inscripción de los ficheros con datos personales en la
Agencia Española de Protección de Datos.
-
Utilización de los datos de carácter personal
exclusivamente para la finalidad para la cual fueron recabados.