Google y el derecho al olvido

Mucho se está hablando de la sentencia del TJUE sobre el llamado «derecho al olvido«.

A modo de resumen de lo publicado por mí en distintos sitios, recapitulamos:

La sentencia determina que a Google ha de aplicársele la normativa europea de protección de datos, que es responsable de ese tratamiento de datos que realiza y que los afectados pueden dirigirse al buscador para solicitar la eliminación de resultados. No obstante, no siempre deberá hacerlo, puesto que en ocasiones, como cuando haya un interés público en la información, no procederá atender el derecho (más información sobre el contenido de la sentencia en Descargas Legales).

A la vista de la sentencia, si alguien quiere ejercitar sus derechos debe seguir una serie de pasos, que recogimos en este artículo en elderecho.com.
Para el ejercicio de estos derechos Google ha habilitado un formulario para facilitar el trámite.
No obstante, este formulario tiene algunos problemas, como comentamos en este artículo en El Mundo, en especial por los problemas que puede suponer si la Agencia Española de Protección de Datos no considera suficientemente acreditado el derecho ejercitado.
Lo cierto es que la reacción de Google ante la sentencia, si bien ha sido crítica (como es lógico y normal), no ha originado cierre de oficinas, ni oposición a su cumplimiento ni otras cuestiones que se han considerado. Creo que es de aplaudir su actitud pese a las deficiencias del formulario y que habrá que ser pacientes con su respuesta porque es cierto que la avalancha de peticiones, por mucho «músculo» que tenga la empresa, casi imposibilita el atenderlas en plazo.

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